¿Qué se considera un delito de acoso? El Stalking
El auge de las redes sociales ha propiciado a la comisión de determinados delitos como puede ser el delito de acoso, y eso, precisamente es lo que significa el STALKING, “acechar, vigilar, perseguir o espiar a una persona de manera continuada e insistente”
Regulado en el art. 172 ter del Código Penal, castiga a las personas que, de mediante actos persistentes y reiterados hostigan a una persona sin su autorización, alterando su vida cotidiana.
“Se castiga con pena de 3 meses a 2 años de prisión o multa de 6 a 24 meses al que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de esta forma, altere el normal desarrollo de su vida cotidiana:
1. La vigile, la persiga o busque su cercanía física
2. Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas
3. Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos o mercanticas, o contrate servicios, o haga que terceras personas se pongan en contacto con ella
4. Atente contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella”
Especial referencia que agrava la pena cuando el sujeto pasivo del delito, es decir, la víctima, es alguna de las siguientes personas:
– Que sea o haya sido cónyuge del acosador o persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad sin convivencia
– Que sean descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, del acosador o de su cónyuge o conviviente
– Que sean menores o personas con discapacidad necesitada de especial protección que convivan con el acosador o que se hallen sujetos a su potestad, tutela, curatela
– Que sea una persona especialmente vulnerable por su edad, enfermedad, discapacidad o por cualquier otra circunstancia.
¿Puedo denunciar un delito de acoso?
Para su investigación y persecución requieren que la persona que sufra la conducta denuncie, e excepto cuando la victima es la pareja, hermano, padre o hijo del acosador, en cuyo caso la acción de perseguible de oficio por el Ministerio Fiscal.
El Stalking afecta a la victima en su día a día, generándole una angustia, una sensación de temor que le lleva a cambiar hábitos.
Así como establece el Tribunal Supremo en una sentencia 554/2017, de 12 de julio “Se trata de un delito de resultado en la medida en que exige que las referidas conductas causen directamente una limitación trascedente en alguno de los aspectos integrantes de la libertad de obrar del sujeto pasivo, ya sea en la capacidad de decidir, ya en la capacidad de actuar según lo ya decidido. En definitiva, y como ya se ha dicho, que causen una alteración grave de su vida cotidiana”
Mediante este tipo penal se busca proteger el derecho a la libertad individual de la víctima, es decir, el derecho a llevar una vida tranquila sin sufrir hostigamiento por parte de terceros.


