que es el delito de amenaza

¿Qué es el delito de amenazas?

¿Qué es el delito de amenazas?

Regulado en los articulo 169 a 171 del Código Penal, es un delito que castiga las intromisiones que se producen en el derecho a la libertad personal.
Una amenaza es un anuncio de causar mal a otra persona, directamente a ella, a sus familiares o a su patrimonio. Se anuncia un suceso futuro.
Es importante destacar que no siempre que se amenace a otra persona se estará cometiendo un delito, para que sea un delito es necesario que la amenaza que se supone que va a realizar causando daño a otro, sea un delito. Por ejemplo, “te voy a matar” es una amenaza de causarte un delito de homicidio.

¿Cuándo existirá delito de amenazas en España?

Cuando se amenace con causar un delito de:
• Homicidio
• Lesiones
• Aborto
• Contra la libertad
• Torturas
• Contra la integridad moral
• Contra la libertad sexual
• La intimidad
• El honor
• El patrimonio
• Orden socioeconómico

Tipos de amenazas que constituyen delito

1. Exigiendo una cantidad

Se castigará con pena de prisión de 1 a 5 años si consigue su objetivo, o de 6 meses a 3 años en caso de no conseguirlo, por ejemplo “Te voy a dar una paliza si no me das 1.000 euros”

2. Imponiendo una o varias condiciones

Se castigará con pena de prisión de 1 a 5 años si consigue su objetivo, o de 6 meses a 3 años en caso de no conseguirlo, por ejemplo “Mataré a tu padre si no me regalas tu coche”

3. Amenaza de manera no condicional

Se castigará con pena de prisión de 6 meses a 2 años, por ejemplo “Te voy a robar tu coche”

4. Dirigidas a grupos étnicos, religiosos, culturales o a una población determinada

Se castigará con pena superior en grado a las anteriores.

5. Dirigidos a incitar la comisión de actos terroristas

Se castigará con pena de prisión de 6 meses a 3 años

6. Amenazar con un mal que no constituya peligro

Se castigará con pena de 3 meses a 1 año de prisión o multa de 6 a 24 meses, y si el culpable consigue su objetivo se le impondrá la pena en su mitad superior.

7. Exigir una recompensa a cambio de no publicar o difundir un hecho privado

Se castigará con la pena de 2 a 4 años de prisión cuando se consiga la recompensa, y con pena de 4 meses a 2 años cuando no se consiga

8. Amenaza leve en casos de violencia sobre la mujer o a una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor

Se castigara con una pena de 6 meses a un 1 año de prisión o de trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 180 días y, además, con la privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 año y un día a 3 años.
Se impondrá pena en su mitad superior cuando el delito se cometa en presencia de menores, o tenga lugar en el domicilio común o de la víctima, o se realice quebrantando una pena o medida cautelar.
Si el Juez o Tribunal lo estima adecuado por interés de un menor o incapacitado que conviva con la víctima, se puede imponer la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento de hasta 5 años.

9. Las amenazas leves en casos de violencia doméstica con armas u otros instrumentos peligrosos

Se castigará con una pena de prisión de 3 meses a 1 año o de trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 180 días, además de la privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 6meses a 3años. Y se impondrá la pena en su mitad superior cuando el delito se cometa en presencia de menores, o tenga lugar en el domicilio común o de la víctima, o se realice quebrantando una pena o una medida cautelar. Se impondrá pena en su mitad superior cuando el delito se cometa en presencia de menores, o tenga lugar en el domicilio común o de la víctima, o se realice quebrantando una pena o medida cautelar.
Si el Juez o Tribunal lo estima adecuado por interés de un menor o incapacitado que conviva con la víctima, se puede imponer la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento de hasta 5 años.

10. Amenazas leves en casos de violencia doméstica sin armas o instrumentos peligrosos

será castigado con localización permanente de 5 a 30 días, en domicilio diferente y alejado de la víctima o trabajos en beneficio de la comunidad de 5 a 30 días o multa de 1 a 4 meses.

11. Resto de amenazas leves

Deberán ser delitos denunciados por la propia víctima, es decir, no se actuará de oficio por el Ministerio Fiscal, y se castigará con pena de multa de 1 a 3 meses

delito de amenaza

Son delitos que tienen una prueba difícil porque en muchas ocasiones puede se verbal, si bien es cierto, que en la actualidad la tecnología forma parte de nuestro día a día, y por ello, será más fácil aportar pruebas, a través de mensajes, conversaciones en redes sociales, audios, videos, fotografías o a través de testigos que hayan presenciado la amenaza.

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